Estos son los pormenores legales de la polémica entre Juliana Guerrero y la representante Jennifer Pedraza

En los últimos días, el debate público se ha acalorado debido a las presuntas irregularidades en el proceso de nombramiento de Juliana Guerrero como viceministra de juventud denunciadas por Jennifer Pedraza, representante a la Cámara de Representantes. Expertos analizan las implicaciones legales de lo sucedido hasta el momento.
Tras solo unas semanas de haber estado envuelta en una polémica por el uso indebido de recursos públicos, la joven Juliana Guerrero vuelve a estar en el ojo del huracán, esta vez por las denuncias públicas realizadas por la representante a la Cámara Jennifer Pedraza.
En su intervención en la plenaria, Pedraza mostró que al hacer la búsqueda del certificado del Saber Pro de Juliana Guerrero en la página oficial del ICFES no aparecen resultados, esto derivo en múltiples cuestionamientos frente a su idoneidad para el cargo y las presuntas irregularidades alrededor del diploma de contadora pública que afirma tener.
En Colombia, según lo establecido en la Ley 1324 de 2009, presentar el Saber Pro es un requisito obligatorio para graduarse como profesional. Tras declaraciones de las diferentes partes involucradas en el escándalo (el ICFES, la Fundación Universitaria Santa Fe, Guerrero y Pedraza) parece que el enredo deberá definirse en la corte después de que se lleven a cabo las debidas investigaciones.
Para entender más a fondo las implicaciones de los hechos, Iván Unigarro, coordinador académico de la Especialización en Gobernanza, Administración Pública y Territorio y profesor de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales, explicó que “además del proceso penal, en donde la Fiscalía puede efectuar las respectivas investigaciones a las que haya lugar, es responsabilidad de la Subdirección de Vigilancia y Control del Ministerio de Educación efectuar un ejercicio de control preventivo o sancionador, y conforme a los resultados de la investigación determinar las acciones a seguir”.
La veeduría ciudadana y el buen nombre: las tensiones entre derechos
En medio del intercambio mediático de palabras, Juliana Guerrero ha anunciado que denunciará a Pedraza por vulnerar dos de sus derechos fundamentales: el habeas data y el buen nombre y la honra pues de “ha hecho acusaciones falsas” y “se han reportado intentos de hackeo al sistema del ICFES”.
Este caso, aunque particular por sus protagonistas, no es del todo nuevo. Históricamente derechos como la privacidad o el buen nombre han tenido tensiones con otros derechos como la veeduría ciudadana y la libertad de expresión.
Unigarro explica que, “en este caso ambas son figuras públicas, motivo por el cual ambas tienen, constitucionalmente hablando, un ámbito de privacidad mucho menor que los demás ciudadanos”. Una forma de entender con mayor facilidad esto es imaginarse un velo, todo aquello que está detrás de este corresponde a lo privado y, a no ser que se cuente con autorización expresa de la persona, estos datos no pueden ser divulgados y/o utilizados.
Sin embargo, cuando una persona se expone a la vida pública, particularmente a cargos gubernamentales, acepta que ese velo pueda ser levantado un poco más. Esto con el fin de garantizar el derecho que tienen los ciudadanos y organizaciones para vigilar y controlar la gestión pública. Lo anterior busca prevenir la corrupción y dar vigilancia al uso de los recursos públicos para que puedan ir encaminados a perseguir el bien común.
“En ese sentido, Juliana Guerrero debe estar dispuesta a que una congresista o cualquier persona revise y verifique la información de su hoja de vida cuando fue publicada en la página de la presidencia de república”, agregó el experto.
Es por esto que la denuncia de Guerrero acerca de calumnia y violación del habeas data está fundamentada en un terreno poco firme, aunque cabe aclarar que de demostrarse en la investigación que la información fue obtenida de forma ilegitima o que hizo afirmaciones de las cuales no hay pruebas, Pedraza podría enfrentar consecuencias legales.
Cambios de último minuto en el manual de funciones: se prende la alerta roja
Una nueva oleada de críticas tuvo lugar tras la denuncia que hizo la representante a la Cámara sobre la intención del gobierno de cambiar el manual de funciones. Según Pedraza, la intención era agregar un nuevo párrafo que “flexibilizaría los requisitos para que Juliana Guerrero pueda ser nombrada”.
Posteriormente, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) - entidad encargada de la gestión del talento humano -, según un artículo de Caracol Radio, aclaró que “no es cierto que el borrador de Decreto busque “flexibilizar” los requisitos de acceso al empleo de los Viceministerios del Ministerio de Igualdad, porque el título profesional sigue siendo un requisito”.
Vale la pena aclarar que la existencia de un Manual de Funciones tiene un propósito claro: establecer cuáles serán las tareas mínimas que debe ejercer un funcionario público. Así, conforme a ello, la entidad en conjunto con el DAFP determina el perfil mínimo y necesario de la persona para la ejecución de dichas actividades.
Teniendo esto en cuenta el experto que explicó que “si se modifica el perfil necesario es porque se han modificado las tareas a su cargo, por lo cual, cambiar un aspecto sin el otro, constituye un problema grave desde la óptica de la gestión pública y el talento humano, el cual debe ser analizado en profundidad y, en caso de alguna presunta irregularidad, deberá ser investigado por las autoridades competentes”.
Por el momento, queda esperar a ver qué demandas se radican y el curso que toman sus respectivas investigaciones. Hasta entonces, no se debe olvidar que “cualquiera puede hacer este control, sea una veeduría o un ciudadano. Aunque, por las características del caso, la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública debería ejercer su rol preventivo y en caso de encontrar alguna presunta falta o irregularidad, hacer la remisión del caso al competente” agregó Unigarro.
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