Los animales, las otras víctimas invisibles del conflicto armado en Colombia

El informe publicado por la JEP en el mes de abril, en alianza con la Universidad de Essex, documentó que, entre 2017 y 2026, más de 100,000 animales han sido víctimas del conflicto armado en Colombia. Expertos advierten que reconocerlos como tal transformaría la forma en que la justicia transicional entiende la reparación, el ecocidio y la memoria de la guerra.
Durante décadas, el conflicto armado colombiano se ha narrado desde sus impactos sobre las personas, las comunidades y los territorios. Pero una nueva investigación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Universidad de Essex pone el foco sobre otra dimensión históricamente ignorada: la violencia contra los animales. El informe “Daños invisibles: la violencia contra animales en el conflicto armado en Colombia (2017-2026)” concluye que, en promedio, cada 30 minutos un animal muere o resulta gravemente herido por dinámicas asociadas a la guerra.
La investigación documenta al menos 100.252 animales afectados y 44 especies en riesgo crítico de extinción debido a fenómenos como la deforestación, el narcotráfico, la minería ilegal y el tráfico de fauna. El estudio plantea una pregunta inédita para la justicia transicional colombiana: ¿pueden los animales ser reconocidos como víctimas del conflicto armado?
“El Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición no los contempla como víctimas”, afirma el abogado y profesor de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de La Sabana, magíster en derecho internacional, Nicolás Mayorga. Según explica, “Este sistema, creado por el Acto Legislativo 01 de 2017, opera con una noción de víctima estrictamente humana; ninguna de sus normas complementarias, a saber, la Ley 1820 del 2016, 1922 de 2018 y la Ley 1957 de 2019, contempla una categoría que permita acreditar a un animal”.
El informe sostiene que los daños contra animales han permanecido invisibilizados porque los sistemas estatales nunca los registraron de manera autónoma, recordando la idea del académico James Scott: “lo que no se nombra, no se mide; y lo que no se mide, difícilmente entra en el campo de las decisiones públicas o de la justicia”.
Para Mayorga, detrás de esa invisibilidad existe un problema más profundo: el paradigma antropocéntrico del derecho. “Hay un problema más profundo que la propia JEP nombra con precisión en el Auto SRVR 226 de 2023: el "paradigma antropocéntrico", la idea de que el medio ambiente —y los animales— existen en función del ser humano. Mientras ese paradigma rija, los animales muertos en un combate son daños colaterales; su sufrimiento no activa ningún mecanismo de justicia (...) Los animales no son sujetos de esa norma. Son parte del paisaje que la norma procura no destruir.”, explica.
La ruptura comenzó a darse a través de decisiones judiciales que reconocieron a la naturaleza y a los territorios como víctimas del conflicto armado. Un claro ejemplo de ello es el caso del territorio sagrado Katsa Su (Casa Grande) del pueblo de Awá, ubicado en el suroccidente colombiano (Nariño y Putumayo). La JEP reconoció históricamente al Katsa Su como víctima del conflicto armado colombiano en 2019, específicamente bajo el Auto SRVBIT 079. Este hito jurídico, impulsado por la UNIPA y Camawari, reconoce que la violencia sistemática ha dañado la relación física y espiritual del pueblo Awá con su tierra.
De “cosas” a seres sintientes
El debate jurídico sobre los animales cambió en Colombia con la sentencia C-666 de 2010 de la Corte Constitucional y, posteriormente, con la Ley 1774 de 2016, que reconoció a los animales como seres sintientes y no como cosas.
Sin embargo, trasladar ese reconocimiento al contexto del conflicto armado sigue siendo complejo. Para Juan Pablo Sarmiento, profesor de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de La Sabana e investigador en derecho constitucional, el reto es que muchas de las normas que hoy protegen a los animales no existían cuando ocurrieron gran parte de los hechos del conflicto armado; a esto se le llama “irretroactividad de la norma”, lo que significa que una ley nueva no puede aplicarse para juzgar hechos que ocurrieron antes de que esa ley existiera. "La primera tiene que ver con la irretroactividad de la norma. Este informe cita como fuente importante la Ley 24 55 y la Ley 17 74. Las dos sobre protección de animales y el reconocimiento de la sintiencia de los animales”, explica.
Sarmiento también señala que existe un debate sobre la intencionalidad detrás de las acciones violentas contra animales. “(...) si la JEP es una justicia penal, en cualquier caso, debe indicarse o debe considerarse hasta qué punto el maltrato animal fue producto de una conducta dolosa hacia o que persigue el maltrato y el sufrimiento innecesario del animal, o si se trata de una instrumentalización del animal”.
El informe documenta nueve formas de utilización de animales en la guerra: desde transporte y vigilancia hasta bioterrorismo, tortura y uso propagandístico. Uno de los casos más recordados es el del “burro bomba” usado por las Farc-EP en Chalán, Sucre, en 1996.
La guerra también amenaza especies enteras
La investigación concluye que el conflicto armado no sólo afecta animales domésticos, sino también ecosistemas completos y especies en peligro crítico, entre esas, 18 especies del género Atelopus y 18 del género Pristimantis (anfibios), además del paujil piquiazul, el mono araña y el arrierito antioqueño.
Antioquia fue identificado como el departamento con mayor concentración de especies afectadas por dinámicas armadas, mientras que el Parque Nacional Natural Farallones de Cali aparece como una de las zonas más críticas debido a la minería ilegal y la producción de cocaína.
Para Sarmiento, el debate sobre ecocidio — entiéndase como como la destrucción grave de un ecosistema o lo inutilice, haga desaparecer o cause un impacto ambiental grave o de cualquier otro modo dañe los recursos naturales. Cuando ese daño afecta de forma grave la naturaleza, puede considerarse un daño y abrir la puerta a medidas de reparación y restauración por parte de los responsables — todavía está en construcción, tanto en Colombia como en el derecho internacional. “(...) yo creo que primero tenemos que mirar el derecho interno, esa Ley 21 11 que conducta lo que los abogados llaman “verbo rector” está identificándose en ese ecocidio para poder mirar el sistema internacional”, sostiene.
Aun así, considera que las nuevas leyes ambientales sí abren la puerta para fortalecer futuras decisiones judiciales relacionadas con deforestación, destrucción de ecosistemas y afectaciones a la biodiversidad.
¿Cómo reparar el daño a los animales?
La discusión no termina en el reconocimiento simbólico. El informe propone medidas concretas de reparación, entre ellas: restauración de hábitats, creación de santuarios, fortalecimiento de áreas protegidas y atención veterinaria para animales desplazados. Sin embargo, implementarlas dentro de la justicia transicional implica desafíos jurídicos y operativos.
“El primer desafío es la representación. Los animales no pueden comparecer”, explica Nicolás Mayorga, quien recuerda que la Corte Constitucional resolvió un problema similar con el río Atrato, en la Sentencia T-622 de 2016, al ordenar la designación de representantes legales para su protección.
Mayorga también advierte que restaurar ecosistemas exige presencia técnica constante en territorios donde todavía persisten actores armados y economías ilegales.
Ambos expertos coinciden en que reconocer las afectaciones contra animales transformaría la forma de entender la reparación y las garantías de no repetición. “la manera de reparar no es una indemnización, tampoco es una reparación colectiva, sino que está orientada a una restauración del ecosistema.”, señala Sarmiento.
Una nueva forma de entender la Paz
Más allá del debate jurídico, el informe propone una reflexión de fondo: la paz no puede limitarse únicamente a recomponer relaciones humanas. “La protección de los animales adquiere un sentido que se conecta con la construcción de una paz sostenible”, concluye el informe.
Reconocer a los animales como víctimas implicaría ampliar la comprensión tradicional de la violencia y aceptar que la guerra también deja heridas sobre otras formas de vida.
Como resume Mayorga, “Si las generaciones futuras tienen derecho a ecosistemas intactos, entonces la destrucción ambiental y la violencia contra los animales no pueden seguir viéndose como daños secundarios”.
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