Impuesto al patrimonio, una de las implicaciones de la emergencia económica

Recientemente el Gobierno Nacional firmó el decreto que da vía libre a la implementación de nuevos impuestos para paliar la emergencia económica por la ola invernal. ¿Cuál es su implicación?
El Gobierno Nacional anunció la aplicación de nuevos impuestos para las personas jurídicas que cuenten con un patrimonio líquido de unos 10 mil millones de pesos y las personas jurídicas del sector financiero y el sector minero en el país.
El decreto ha establecido, que los impuestos serán del 0.5% serán el sector empresarial general y del 1.6% para el financiero energético.
Lo anterior, de cara a los expertos, trae desafíos, pues a mediano plazo puede llegar a suponer retos para la competitividad empresarial.
Giovani Hernández, profesor de la Escuela Internacional de Ciencias Económicas y Administrativas (EICEA) de la Universidad de La Sabana explica que esto puede traducirse en “ menos interés en invertir precisamente en Colombia, dado que las ganancias que van a tener los empresarios van a ser tasadas. En el largo plazo, puede pasar cualquier cosa, puede ser que más adelante se presenten otras condiciones macroeconómicas que puedan reactivar esa inversión, pero es muy complicado de pronosticar”.
A su vez, William Rodríguez, profesor de la misma escuela de negocios, explica que este impacto para la economía es difícil de medir. Pues esto representa cambios en las reglas del juego lo que trae en consecuencia, mucha incertidumbre. “Eso genera riesgos, algo de de de volatilidad, de malestar, por lo menos, entre esas grandes empresas. Puede haber, de pronto, algo de contracción en las utilidades de esas empresas para este año por una mayor carga impositiva. Pero los efectos van a ser más difíciles de calcular porque de todas maneras el gobierno va a tener que hacer ese gasto público y termina favoreciendo el producto interno bruto, o sea que, en parte se compensan las cargas”.
El dinero necesario
Uno de los objetivos que plantea el Gobierno Nacional con el cobro del impuesto, consiste en recaudar 8 billones de pesos para la recuperación de infraestructura y zonas afectadas por las inundaciones. La suma, a los ojos de algunos expertos puede resultar excesiva pues algunos han señalado que no es lejana al presupuesto anual de una ciudad intermedia grande, como lo es Barranquilla, que se estima, cuenta con un presupuesto de rentas y gastos de 7.7 billones de pesos al 2026.
Sin embargo, a los ojos de Rodríguez, aunque la cantidad de recursos es alta, es posible que no sea suficiente para cubrir todas las pérdidas. “Lo que estamos buscando es cómo ayudar a las víctimas de todas esas inundaciones y eso va a implicar reubicación de muchos de ellos, gente que perdió todo. Seguramente esa plata no va a alcanzar para todo lo que uno quisiera compensar pero sí debería cubrir los aspectos estructurales y más importantes”, explica.
No obstante, de cara a la vigilancia de estos recursos, el mismo experto sugiere que parte de los decretos considera unos mecanismos de contratación directa y cambios en los contratos donde se pueden hacer, por ejemplo, adiciones sin los mecanismos tradicionales que son de vigilancia y de control.
“Si uno parte de la buena fe, uno esperaría que los recursos se utilicen muy bien, pero estamos hablando de contratación directa y de posibilidad de nuevos recursos en contratos, por ejemplo, los del PAE y demás, sin supervisión y en época electoral”, añade.
Para Hernández, la situación puede abrir la puerta a la corrupción. “Aquí nosotros tenemos muchas superintendencias, tenemos contralorías, pero históricamente se ha visto que no funcionan porque los niveles de corrupción son altísimos y además porque la forma en que hacen corrupción es bastante innovadora. Creo que nosotros no tenemos las instituciones lo suficientemente sólidas con la tecnología suficiente para para poder identificar esos fraudes que se están presentando. Entonces, ¿podría ser un control social? (...) si hacemos control social, la pregunta es quién de está dispuesto a donar su tiempo o a dejar de trabajar para hacer ese control”, indica.
Ante la situación, han surgido preguntas, si las empresas pueden establecer algún recurso que pueda invalidar el decreto. Sin embargo, cabe destacar que cuando el presidente expide un decreto en un estado de emergencia económica, este entra en vigencia de inmediato y no lo revisa el Consejo de Estado sino automáticamente la Corte Constitucional, que debe analizar si cumple o no la Constitución. En tal caso, mientras la Corte lo estudia, el decreto sigue aplicándose y solo dejará de tener efectos si la Corte lo declara inconstitucional o lo suspende.
En ese orden de ideas, las empresas no pueden interponer un recurso administrativo común contra este tipo de decreto; únicamente pueden participar enviando un escrito como intervención ciudadana (amicus curiae), pero la decisión final depende exclusivamente de la Corte. Además, la Corte solo evalúa la constitucionalidad del decreto, no otorga indemnizaciones ni reparaciones económicas.
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