Estudiante de La Sabana logra reestablecer el poder de las asambleas departamentales

Carlos Saúl Sierra, estudiante de la Maestría en Derecho Constitucional de la Universidad de La Sabana, con la asesoría del doctor Fabio Pulido, director de dicha Maestría, jefe del Departamento de Teoría Jurídica y Constitucional, y profesor de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, demandó ante la Corte Constitucional Colombiana la Ley 2200 de 2022, de manera particular los artículos 19 (numeral 5) y el 119 (numeral 50). Las disposiciones demandadas permitían a los gobernadores modificar el destino de los presupuestos, sin la necesidad de acudir a las asambleas departamentales. Por eso, en la demanda se argumentó la violación de los principios democráticos. La Corte Constitucional, en la sentencia C-036 de 2023, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, acogió el argumento y declaró la inconstitucionalidad de las normas demandadas.
Carlos considera que la investigación académica debe tener un impacto significativo en la sociedad y, su investigación en derecho constitucional, promueve un cambio para defender el papel y las funciones de las asambleas establecidas en la Constitución. Esta investigación y la demanda se derivan de las actividades del Seminario de Investigación de la Maestría en Derecho Constitucional de la Universidad de La Sabana.
La demanda se centra en dos puntos fundamentales: la violación del principio legal del presupuesto y el principio democrático. En relación con el primero, la norma impugnada vulnera los artículos 300 y 345 de la Constitución, que establecen que solo la asamblea departamental, el Congreso Nacional y los concejos municipales tienen la facultad de modificar el presupuesto en tiempos de paz. En este sentido, una norma que permita una acción distinta es, claramente, inconstitucional. Los tribunales y jueces administrativos en todo el país ya han estudiado casos similares y han dictaminado que el gobernador no puede efectuar modificaciones en este sentido, sin la autorización de la asamblea respectiva; de esta manera, cualquier ordenanza (norma emanada de una asamblea departamental) que lo permita también es inconstitucional.
En cuanto al principio democrático, se refiere a la debida discusión que exige la aprobación de una norma presupuestaria; por tanto, requiere de la discusión en el órgano deliberativo correspondiente. En el caso de los territorios, el gobernador puede presentar un proyecto y la asamblea debe debatirlo para aprobar o rechazar las disposiciones. La norma impugnada pretendía evitar este proceso mediante una delegación, lo cual también la hace inconstitucional.
La Corte Constitucional, en la sentencia C-036 de 2023, eliminó la posibilidad de esa delegación.
El proceso para presentar una acción constitucional en Colombia entraña dificultades debido a la carga argumentativa que se exige para que sea admitida por la Corte Constitucional. Carlos y Fabio estudiaron y repasaron con detalle la jurisprudencia nacional y las bases constitucionales para construir una demanda sólida, a fin de que fuera considerada por el alto tribunal. A pesar de que algunas entidades estatales e instituciones educativas se opusieron a la demanda, debe desatacarse que miembros del Observatorio de Justicia Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Sabana apoyaron el proceso mediante intervenciones y conceptos técnicos.
El impacto de esta sentencia es significativo porque:
En primer lugar, se restituye la importancia y trascendencia de las asambleas, ya que cualquier modificación presupuestaria debe ser aprobada por estas.
En segundo lugar, se deben modificar los reglamentos de las asambleas, porque actualmente contemplan la facultad de la delegación.
En tercer lugar, surge una discusión sobre las normas de presupuesto actuales y los decretos de presupuesto, ya que en la actualidad son inconstitucionales.
En cuarto lugar, la sentencia C-036 de 2023 puede ser aplicada por analogía a los concejos municipales y distritales, lo cual implica que no podrán delegar a los alcaldes la introducción de presupuestos.
Por último, el precedente establecido por esta sentencia es fundamental. Carlos tiene en curso otras tres demandas contra las delegaciones en materia de rentas nacionales; estas serían inconstitucionales según la perspectiva de la sentencia mencionada, lo cual reivindicaría la función de los concejos y las asambleas.
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