Lo que debes saber sobre las hipotecas

Constituir una hipoteca con el fin de garantizar un préstamo bancario, por ejemplo, es una de las decisiones que puede generar incertidumbre para quien requiera financiación a la hora de adquirir un inmueble. En esta encrucijada se encuentra Juliana, quien está muy cerca de cumplir uno de sus sueños: comprar una vivienda propia.
Juliana tiene proyectado adquirir un apartamento por un precio de 180 millones de pesos, pero solo cuenta con $60 millones; sus ahorros de varios años. Por esta razón, pretende solicitar un préstamo por 120 millones de pesos al Banco NN para poder adquirir su vivienda propia. De forma similar al juego Monopolio, para aprobar y otorgar el crédito solicitado, el banco le exige a Juliana asegurar el cumplimiento del préstamo con la constitución de una hipoteca; es decir, una carga o gravamen sobre el inmueble que Juliana pretende adquirir.
Una vez se efectúa la compra inmueble, en la misma escritura pública de adquisión de Juliana debe constituirse la hipoteca a favor del Banco NN y los dos actos jurídicos (venta + hipoteca) son objeto de registro inmobiliario ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos competente. Con esto, Juliana tendrá la calidad de propietaria del apartamento y el Banco NN obtendrá la garantía hipotecaria sobre el mismo inmueble, respaldando el pago del préstamo otorgado. Como prueba de lo anterior, Juliana puede obtener ante la Oficina referida o por internet un certificado de tradición y libertad del apartamento, en el cual deberá constar el registro, tanto de la venta como de la hipoteca.
Una hipoteca la puede constituir cualquier persona, natural o jurídica, que sea propietaria de un inmueble y se puede constituir a favor de cualquier prestamista de dinero. No siempre debe ser una entidad financiera , afirmó Luis Miguel Alarcón Ardila, abogado de la Universidad de La Sabana.
Una hipoteca la puede constituir cualquier persona, natural o jurídica, que sea propietaria de un inmueble y se puede constituir a favor de cualquier prestamista de dinero. No siempre debe ser una entidad financiera, afirmó Luis Miguel Alarcón Ardila, abogado de la Universidad de La Sabana.

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