¿Facebook podría dejar de funcionar en Colombia?

Después de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) notificara que la red social Facebook tendrá hasta el próximo 14 de junio de 2020 para implementar medidas de protección de datos, las cuales deberán certificar, las alarmas para los usuarios se encendieron en cuanto a qué podría pasar de no cumplirse con la fecha establecida.

La SIC, mediante la resolución 1321 del 24 de enero de 2019, impartió una serie de directrices de carácter preventivo respecto a Facebook, buscando que mejore la seguridad de los datos personales de sus usuarios. La resolución estuvo fundada, entre otros, por los problemas de seguridad de esta red social frente a usos indebidos de la información de sus usuarios.

La SIC “Ordenó a Facebook adoptar nuevas medidas y mejorar las existentes, para garantizar la seguridad de los datos personales de más de 31 millones de colombianos que son usuarios de dicha red social digital”, explica en su página web.  Dado que la fecha inicial se dio en enero de 2019, ya son cuatro meses los que restan para cumplir con la solicitud.

La Ley de datos personales, específicamente el artículo 18 de la Ley 1581 de 2012, impone a los encargados del tratamiento de datos la obligación de conservar la información bajo condiciones de seguridad, que impidan usos indebidos de la misma. De igual manera, le otorga la competencia a la SIC de imponer sanciones en caso de un mal uso de la información.

En este caso, la SIC conoció las fallas de seguridad de Facebook en el manejo de datos de sus usuarios; en particular, en la resolución se mencionan los programas Facebook Platform y Cambridge Analytica, los cuales recibieron datos de usuarios, gracias a la política de privacidad de Facebook que facilitó dicha cesión de información en varios países. Sin embargo, el problema es que estos cibernautas no autorizaron la utilización de sus datos, con fines comerciales o políticos.

 ¿Podría suspenderse Facebook en el país? 

De acuerdo con José Miguel Rueda, profesor de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y experto en derecho constitucional, no necesariamente se va a suspender. “La normatividad establece otras posibles sanciones que la SIC le podría aplicar a esta red social. El cierre definitivo de la operación de Facebook sería la sanción más grave y, por ende, la menos probable”, comenta.

Legalmente, incluso si las personas entran a Facebook, sí pueden proteger jurídicamente sus datos.La Ley 1581 de 2012 lo hace y la Ley 1266 de 2008 protege, en especial, la información financiera. Todas las actuaciones de plataformas como Facebook deben darse bajo estas normatividades, explica Rueda. “El acuerdo de confidencialidad y de manejo de datos, que aparece cada vez que entramos a una plataforma como Facebook, es un contrato con efectos jurídicos, por lo tanto, el consentimiento de los usuarios es fundamental para establecer los alcances jurídicos del manejo de los datos”, agrega.

 El mundo en alerta 

No solo en el país Facebook se ha visto en la necesidad de fortalecer sus sistemas de seguridad, en cuanto a bases datos se refiere. Por ejemplo, en junio de 2019, Mark Zuckenberg, creador de la red social, fue citado en una corte en San Francisco (Estados Unidos).

 luego de que, en septiembre del año anterior, piratas informáticos aprovecharon varios fallos en sus sistemas, con el objetivo de obtener acceso de inicio de sesión a varias cuentas; incluso, se llegó a pensar que esta sería la peor violación de seguridad en la historia de esta red social. 

Por otro lado, en Italia, Facebook debió pagar 10 millones de euros. La “falta de transparencia” y la “explotación económica de los datos de los usuarios, sin informarles de forma adecuada” llevó a la Autoridad Italiana de la Competencia (AIC) a imponer esta sanción, informó el diario El Español.

Así mismo, en España, Facebook fue demandado por la Organización de Consumidores y Usuarios, la cual pidió 200 euros por cada usuario de la red social, “por el daño moral causado”.

Los ejemplos podrían seguir, pues son varios los países que han acusado a esta red social de no proteger la información y los datos de sus usuarios. De no cumplir con la solicitud hecha por la entidad de vigilancia en Colombia, Facebook deberá pagar cerca de 2.000 salarios mínimos legales vigentes, el equivalente a casi $2.000 millones.

Otras de las sanciones, acorde con artículo 23 de la Ley 1581 de 2012, serían la suspensión de las actividades relacionadas con el tratamiento de datos, hasta por un término de seis meses. El cierre temporal de las operaciones relacionadas con el uso de datos, una vez transcurrido el término de suspensión, sin que se adopten los correctivos ordenados por la Superintendencia de Industria y Comercio o el cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el tratamiento de datos sensibles, siendo la última la menos probable.

¿Cuáles derechos protegen mis datos en la red?

Si usted quiere proteger sus derechos en la red, debe tener en cuenta el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, la cual establece los derechos de los titulares de la información, es decir, por ejemplo, de los usuarios de Facebook.

Los derechos son:

  • Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los responsables del tratamiento.
  • Solicitar prueba de la autorización otorgada al responsable del tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la presente Ley.
  • Ser informado por el responsable del tratamiento, previa solicitud, respecto al uso que les ha dado a sus datos personales.
  • Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio las quejas por infracciones a lo dispuesto en la presente Ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.
  • Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato, cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.
  • Acceder de forma gratuita a los datos personales que hayan sido objeto de tratamiento