El arbitraje y la tarea administrar justicia

Dos profesores elegidos en la Lista A del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial

Recientemente, la Superintendencia de Sociedades eligió la nueva lista de árbitros de su Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial. Según su misión, el Centro busca “contribuir en la solución de los conflictos empresariales, a través de la conciliación y el arbitraje, generando soluciones”.

Entre los integrantes de la Lista A del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial, fueron elegidos los doctores Álvaro Mendoza Ramírez y Jorge Oviedo Albán, profesores de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad, quienes cuentan con una amplia trayectoria en arbitraje nacional e internacional, al haber integrado numerosos tribunales de arbitramento. Cabe resaltar que en la Lista A se resuelven los casos más importantes y se encuentran los abogados que cuenten “Con veinte o más años de experiencia profesional desde la fecha de grado, y que están o han estado inscritos en una lista de árbitros”, explica el profesor Oviedo.

“Para nosotros, es un honor y una tarea profesional muy interesante. Administrar justicia creo que es una de las responsabilidades más importantes para un abogado”, comenta el doctor Mendoza. 

Pero, ¿qué es el arbitraje? De acuerdo con el profesor Mendoza, el arbitraje: “Es un modo alternativo de solucionar conflictos, defiriendo a un tribunal de árbitros, compuestos por uno o tres de ellos, la solución de un problema, en lugar de acudir al poder judicial ordinario. La decisión de los árbitros es definitiva y obliga a las partes”.

Con base en el artículo 116 de la Constitución Política, los árbitros son particulares investidos transitoriamente y, para determinados casos, de la función de administrar justicia. Los árbitros pueden ser nombrados conjuntamente por las partes o las mismas pueden delegar tal labor en un tercero o en un centro de arbitraje, total o parcialmente.

El profesor Oviedo destaca que una de las ventajas del arbitraje frente a los procesos adelantados ante los tribunales estatales es su celeridad. En el arbitraje, las partes tienen la posibilidad de señalar el tiempo de duración del proceso, por mutuo acuerdo. En caso contrario, el plazo legal es de seis meses, prorrogable máximo hasta por seis meses más. Además, por la celeridad del proceso arbitral, los empresarios ahorran tiempo y dinero frente a los costos que puede conllevar un proceso adelantado ante la jurisdicción ordinaria.

Los profesores Oviedo y Mendoza permanecerán en la lista hasta que se retiren, sean excluidos o el Centro decida renovar su integración, pues no existe un tiempo determinado para pertenecer. Finalmente, este es un reconocimiento a la trayectoria profesional y experiencia en arbitraje, “Como también un beneficio para la Facultad y los estudiantes, pues de esta forma estamos contribuyendo a la solución de problemas reales de la sociedad”, concluyó el doctor Oviedo.

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