Artículo 1. Los estudiantes matriculados en el programa de Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana, deben realizar un trabajo de grado como parte de su formación en competencias en investigación social. Este será un requisito obligatorio para optar al título de Politólogo/a.

Artículo 2. El trabajo de grado en el programa de Ciencias Políticas tiene como objetivos:

  1. Demostrar conocimientos teóricos y prácticos en las Ciencias Políticas.
  2. Fomentar las competencias en investigación en ciencias sociales.
  3. Evidenciar las competencias de comunicación escrita, oral e investigación.

Artículo 3. Los estudiantes del programa de Ciencias Políticas deberán presentar ante la Dirección de Programa una carta explicando el problema de investigación y la justificación del trabajo que van a desarrollar, la cual debe ir firmada por el estudiante y por quien será su asesor.

Artículo 4.  El trabajo de grado puede ser presentado de manera individual o en parejas.

Artículo 5. Los estudiantes del programa de Ciencias Políticas tienen las siguientes opciones para presentar el trabajo de grado: artículo de investigación y policy paper.

Artículo 6. El artículo de investigación hace referencia a un documento en el que se presentan los resultados de una investigación académica. El trabajo debe incluir:

  • Título.
  • Resumen y abstract.
  • Palabras clave.
  • Introducción.
  • Resultados y análisis.
  • Conclusión.
  • Bibliografía.

Artículo 7. El policy paper es un documento informativo en el que se busca presentar una solución a un problema de política pública identificado y analizado. El trabajo debe incluir:

  • Título.
  • Resumen y abstract.
  • Palabras clave.
  • Introducción.
  • Planteamiento del problema.
  • Policy options.
  • Recomendación a la política pública.
  • Conclusiones.

Artículo 8. El desarrollo de los elementos formales de las opciones de trabajo de grado se encuentra en el documento anexo “Tipos de trabajo de grado del programa de Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana”.

Artículo 9. Los estudiantes enviarán el trabajo de grado a la Dirección de Programa por correo electrónico, una vez que su asesor considere que está finalizado. Deben adjuntar el formato de “Aval versión final del Trabajo de Grado” firmado por el asesor y con copia a su correo electrónico. También deben adjuntar el reporte generado de la revisión del trabajo en TURNITIN (o software equivalente).

Artículo 10.  Una vez recibido el trabajo de grado conforme a lo estipulado en el artículo anterior, la Dirección de Programa tiene 15 días calendario para designar a dos profesores como evaluadores del trabajo de grado, que pueden ser del programa, de otra unidad académica o externos. Los estudiantes, junto con su asesor, podrán sugerir los nombres de los evaluadores para que sean considerados por la Dirección de Programa.

Los evaluadores tendrán un plazo de un mes (30 días calendario) para leer el trabajo y hacer comentarios sobre el texto, según los criterios del formato de evaluación anexo a este Reglamento. La sustentación se programará en el transcurso de la semana siguiente al tiempo límite de lectura por parte de los evaluadores. Sin embargo, como se estipula en el artículo 12 tras la revisión del documento, los evaluadores podrán determinar que el trabajo no está listo para ser sustentado por lo que podrán solicitar el aplazamiento de la presentación.

Si los estudiantes no han recibido los comentarios de los evaluadores transcurridos 45 días desde el envío del trabajo a la Dirección de Programa, se calificará como “Aprobado”.

Artículo 11. La sustentación consistirá en una exposición de 20 minutos por parte de los estudiantes, tras la cual los evaluadores harán preguntas y comentarios. En el caso de un trabajo escrito en inglés, los estudiantes pueden elegir si lo expone en inglés o español.

En la sustentación no se permitirá la participación del asesor, quien podrá intervenir únicamente después de conocer la decisión de los evaluadores.

Artículo 12. La valoración del trabajo de grado será de “Aprobado” o “Aplazado”. Cuando los evaluadores lo consideren, se podrá otorgar la calificación de “Meritorio”. Aquellos trabajos que no cumplan con los requisitos de forma y/o fondo obtendrán la valoración de “Aplazado”. Los estudiantes deberán hacer las correcciones y volver a presentar el trabajo para su evaluación, según las disposiciones de los artículos 5, 10 y 11 de este Reglamento. Los tiempos de corrección y envío dependerán de los estudiantes.

Artículo 13. Cuando los trabajos obtengan la valoración de “Aprobado” y “Aprobado con distinción meritoria”, la Dirección del Programa informará a la Coordinación de Éxito Académico para que cargue la información en el sistema.

Artículo 14. Los evaluadores podrán valorar un trabajo como “Aprobado” de forma condicionada, a la espera de una versión corregida, según las indicaciones dadas en el formato de evaluación, para que pueda ser incluido en el repositorio de la Universidad de La Sabana. En ese caso la revisión de los ajustes debe ser hecha por el asesor, sin necesidad de someterlo de nuevo a los evaluadores.

Una vez aprobado el trabajo de grado, los estudiantes deben incluirlo en el Repositorio Institucional de la Universidad de La Sabana.

Artículo 15. Los asesores tienen como propósito acompañar a los estudiantes en la realización de su trabajo de grado y son quienes dan el aval para la presentación del trabajo ante la Dirección de Programa.

Artículo 16. Podrán ser asesores de trabajos de grado:

  1. Profesores de planta o cátedra de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.
  2. Profesores de otras unidades académicas de la Universidad de La Sabana.
  3. Profesores de otras universidades.
  4. Expertos con probada experiencia académica y en investigación social.

Los estudiantes son quienes eligen a su asesor con aprobación de la Dirección de Programa. En caso de cambio de asesor deberá presentar una carta ante la Dirección de Programa en la que explique el motivo del cambio, firmada por su primer asesor. Adicionalmente tendrá entregar una nueva carta firmada por su segundo asesor con el problema de investigación y la justificación del trabajo de grado.

Artículo 17. Los evaluadores deben tener en cuenta los siguientes criterios en el documento escrito y la sustentación:

  • Coherencia en la estructura general del texto, articulación de las partes, rigor en la argumentación y en el trato de los datos y de las fuentes.
  • Problema o pregunta y su justificación.
  • Pertinencia metodológica.
  • Discusión del problema con el debate en la literatura.
  • Cumplimiento de objetivos.
  • Conocimiento suficiente del tema.
  • Uso correcto de la lengua castellana o inglesa.
  • Otras observaciones o recomendaciones conformes a cada trabajo.

Artículo 18. Los evaluadores deberán diligenciar un formato oficial de evaluación en el que expongan su valoración del trabajo según los criterios establecidos en el artículo anterior de este Reglamento.

Al ser una actividad académica, se espera que los estudiantes entreguen un trabajo que presente la información de acuerdo con las normas de propiedad intelectual. Los estudiantes que incurran en plagio o en alguna de las faltas contempladas por la Universidad de La Sabana, serán objeto de un proceso disciplinario conforme a lo estipulado en el Reglamento de Estudiantes.

Artículo 19. Se considerará equivalente al trabajo de grado la labor de auxiliar de investigación por al menos seis meses en un grupo reconocido por Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación o en una entidad que realice funciones de investigación en ciencias sociales.

Los estudiantes que opten por esta figura deben presentar una carta a la Dirección de Programa solicitando la aprobación. La carta debe estar firmada por el estudiante y por el investigador con quien trabajará, que se entenderá como su asesor durante el proceso.

Al finalizar su labor como auxiliar de investigación, el estudiante debe presentar una carta firmada por el investigador que lo asesoró, en la que dé su visto bueno al trabajo realizado.

Artículo 20. Aquellos trabajos de investigación cuyos resultados hayan tenido un reconocimiento favorable en eventos académicos o de relevancia práctica, podrán solicitar a la Dirección de Programa que evalúe ese producto como trabajo de grado. Para eso deberán presentar:

  1. Condiciones del evento en el que se presentó.
  2. Producto que se presentó.
  3. Reconocimiento obtenido.

La Dirección de Programa evaluará que cumpla con las disposiciones del artículo 2 de este Reglamento, para obtener la calificación de “Aprobado”. En caso de no cumplir con estos requisitos el estudiante deberá presentar un trabajo de grado según las disposiciones de este Reglamento.

Artículo 21. Los estudiantes que participen en semilleros de investigación podrán desarrollar su trabajo de grado en ese espacio de formación académica. En dicho caso no deberán presentar la carta señalada en el artículo 3 de este Reglamento, en la que se propone el tema y el asesor a la Dirección de Programa. El trabajo debe contar con el visto bueno del director del semillero para pasar a la etapa de entrega y sustentación, señalada en el Capítulo 4 de este Reglamento.

Documentos de interés

Anexos:  tipos de trabajo de grado 

Formato: aval versión final trabajo de grado