¿Cómo reaccionar ante la violencia?

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Tras el escándalo mediático de unos reconocidos actores por violencia durante su noviazgo quedan algunas dudas sobre cómo debe procederse frente a la violencia intrafamiliar. José Guanipa, profesor de Derecho de Familia de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, explica que el ordenamiento jurídico colombiano dicta normas para prevenir, remediar y sancionar esta violencia. Por lo tanto, la denuncia ante las autoridades es primordial.

La lucha contra cualquier tipo de violencia es una tarea de todos los miembros de la sociedad. Por lo tanto, es deber de la comunidad denunciar la violencia de modo inmediato cuando la identifique. “La persona que naturalmente está facultada o legitimada para presentar la denuncia es la víctima. Sin embargo, el orden público está interesado en prevenir y sancionar este tipo de delitos y, por tal motivo, cualquier persona que tenga conocimiento de actos u omisiones que se enmarquen en el concepto de violencia intrafamiliar puede y debe presentar la denuncia”, señala el profesor Guanipa.

Los casos de violencia intrafamiliar se pueden denunciar y resolver por diferentes vías: hacer una denuncia ante un comisario de familia, un juez civil municipal o un juez promiscuo municipal; o recurrir a un juez de paz o conciliador en equidad para lograr una mediación.

 ¿Cuáles son las consecuencias establecidas por la ley en caso de que se demuestre violencia de pareja?

Si tú o alguno de tus amigos o familiares son víctimas de violencia de pareja no dudes en denunciar.  El funcionario que recibe la denuncia puede ordenar al agresor que se abstenga de continuar ejerciendo la violencia intrafamiliar y dictar las siguientes medidas de protección:

 • Ordenar al agresor que desaloje el lugar que comparte con la víctima si se prueba que su presencia es una amenaza para la vida, la integridad física o la salud de cualquiera de los miembros de la familia.

Ordenar al agresor abstenerse de presentarse en cualquier lugar donde se encuentre la víctima para prevenir que moleste, intimide, amenace o interfiera con la víctima o con los menores que estén bajo su custodia.

Prohibir al agresor esconder o trasladar de la residencia a los niños y personas con discapacidad en situación de indefensión.

Ordenar al agresor el pago de los gastos médicos o psicológicos que requiere la víctima.

Cuando la violencia o maltrato sea grave y se tema su repetición, puede ordenarse protección especial de la policía para la víctima en su casa o trabajo.

Cuando el agresor tenga antecedentes en materia de violencia intrafamiliar, se le ordena acudir a un tratamiento reeducativo y terapéutico en una institución pública o privada.